Easytech Packaging S.r.l., comprometida constantemente con el desarrollo de su actividad con criterios de transparencia, corrección y legalidad, aprobó su Modelo Organizativo en cumplimiento del Decreto Legislativo 231/2001 por resolución de 8 de junio de 2022.

A este propósito, a través de una preliminar “evaluación de riesgos” de las áreas típicamente más expuestas a los riesgos 231, se han identificado salvaguardas para proteger el correcto funcionamiento de la actividad dentro del Modelo y Código Ético, cuyos principios constituyen un importante activo para el trabajo de los directores, gerentes, empleados, consultores y todos los Grupos de interés de la empresa.
Más concretamente, la estructura consta de:

  • Parte General, que describe las características del Modelo y también examina los principios clave de su empresa matriz Silgan Holdings           Austria GmbH;
  • Parte Especial, en la que se describen los Procesos/Actividades Sensibles, las infracciones al Modelo 231 y las medidas de control;
  • Anexos: Código Ético, Matriz de Correlación entre Infracciones/Procesos/Función/ Procedimientos, Catálogo de Infracciones
Para consultar documentos no sujetos a restricciones de confidencialidad, haga clic en
  • Parte General, que describe las características del Modelo y también examina los principios clave de su empresa matriz Silgan Holdings Austria GmbH;
  • Parte Especial, en la que se describen los Procesos/Actividades Sensibles, las infracciones al Modelo 231 y las medidas de control;
  • Anexos: Código Ético, Matriz de Correlación entre Infracciones/Procesos/Función/ Procedimientos, Catálogo de Infracciones
A este propósito, a través de una preliminar “evaluación de riesgos” de las áreas típicamente más expuestas a los riesgos 231, se han identificado salvaguardas para proteger el correcto funcionamiento de la actividad dentro del Modelo y Código Ético, cuyos principios constituyen un importante activo para el trabajo de los directores, gerentes, empleados, consultores y todos los Grupos de interés de la empresa.
Más concretamente, la estructura consta de:
  • Parte General, que describe las características del Modelo y también examina los principios clave de su empresa matriz Silgan Holdings Austria GmbH;
  • Parte Especial, en la que se describen los Procesos/Actividades Sensibles, las infracciones al Modelo 231 y las medidas de control;
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La supervisión del cumplimiento del Modelo Organizativo ha sido encomendada al Órgano de Supervisión, al que se le garantiza la máxima independencia y autonomía de actuación, mediante la estructuración de flujos de información estandarizados y controles sobre áreas consideradas sensibles. En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 231/01, el Organismo debe ser informado de cualquier información relevante para los efectos de la aplicación del Modelo de conformidad con el Decreto Legislativo 231/01 y su posible actualización. La obligación de información se refiere a cualquier información relativa a:
  1. comisión de infracciones señaladas en el Decreto Legislativo 231/01 o acciones directas a la realización de dichas infracciones;
  2. actuaciones que no están en línea con las reglas de conducta previstas por el Modelo de conformidad con el Decreto Legislativo 231/01 y el Código Ético;
  3. posibles deficiencias en los procedimientos vigentes;posibles cambios en la estructura de la empresa o en su organización;
  4. peraciones de especial importancia o que presenten perfiles de riesgo tales que induzcan a reconocer el peligro razonable de cometer infracciones señaladas en el Decreto.
Para facilitar el flujo de informes e información al Órgano de Supervisión, se ha establecido un correo electrónico dedicado al Órgano de Supervisión
odveasytechpackaging@outlook.it

La supervisión del cumplimiento del Modelo Organizativo ha sido encomendada al Órgano de Supervisión, al que se le garantiza la máxima independencia y autonomía de actuación, mediante la estructuración de flujos de información estandarizados y controles sobre áreas consideradas sensibles.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 231/01, el Organismo debe ser informado de cualquier información relevante para los efectos de la aplicación del Modelo de conformidad con el Decreto Legislativo 231/01 y su posible actualización.

La obligación de información se refiere a cualquier información relativa a:

  • comisión de infracciones señaladas en el Decreto Legislativo 231/01 o acciones directas a la realización de dichas infracciones;
  • actuaciones que no están en línea con las reglas de conducta previstas por el Modelo de conformidad con el Decreto Legislativo 231/01 y el Código Ético;
  • posibles deficiencias en los procedimientos vigentes;
  • posibles cambios en la estructura de la empresa o en su organización;
  • operaciones de especial importancia o que presenten perfiles de riesgo tales que induzcan a reconocer el peligro razonable de cometer infracciones señaladas en el Decreto.

 

Para facilitar el flujo de informes e información al Órgano de Supervisión, se ha establecido un correo electrónico dedicado al Órgano de Supervisión

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